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Embajada de la República Socialista de Vietnam en el Reino de España

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ADOPCIãN DE NIÑOS

El Decreto-Ley 68/2002 (Artículo 35), promulgado por el Gobierno de Vietnam, estipula que a partir del 2 de Enero de 2003, las autoridades competentes solamente proceden y resuelven los trámites de la adopción a niños vietnamitas por parte de ciudadanos extranjeros si éstos fueran residentes de países que han firmado con Vietnam los Acuerdos de Adopción Internacional (hasta la fecha Vietnam solo ha rubricado dichos Acuerdos con Francia y está negociando con otros países al respecto).

Extranjeros residentes en los países que no han firmado con Vietnam los mencionados Acuerdos (como España) podrían ser admitidos para tramitar la adopción de niños vietnamita solo cuando solicitaran de forma directa a niños huérfanos, discapacitados o a niños con quienes tuvieran relaciones familiares, y si dichas personas hubieran estado residiendo, trabajando o estudiando en Vietnam en un período mayor de los 6 meses.

Hasta la fecha, entre España y Vietnam todavia no se ha concluido un Acuerdo de Cooperación en materia de adopción. Sin embargo, en virtud de las buenas relaciones existentes, los dos paises est¸n en perfectas condiciones para negociar y firmar tal documento si cualquiera de las dos partes muestra interÐs.

 

El expediente de adopción comprende los siguientes documentos:

1- Solicitud de adopción según el formulario prediseñado (se puede solicitarla en la Embajada de Vietnam).
2- Fotocopia del pasaporte o documento de identidad válido del adoptante.
3- Certificado de idoneidad para adoptar a niños según las leyes del país donde reside.
4- Certificado médico expedido por los órganos competentes en el período menor a los 6 meses, donde se haga constancia de que el adoptante goza de buena salud y no padece de enfermedades mentales o contagiosas.
5- Certificado de renta donde se demuestra que el interesado puede garantizar económicamente la adopción y cuidado del hijo ( o la hija) adoptivo(a).
6- Certificado de la historia judicial y penal del adoptante expedido por las autoridades competentes en el período menor a los 6 meses contando hasta la fecha de recibir el expediente.

Todos dichos documentos deben prepararse en dos copias iguales y enviarse a la Embajada de Vietnam en Madrid para traducirse a la lengua vietnamita y legalizarse antes de hacerlos llegar a la Agencia de Adopción Internacional de Vietnam en Hanoi.


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